Un postergado cambio nos trae el 2021 – ahora sí supuestamente de plazo definitivo – es el de la obligación de emitir “Boletas de Ventas y Servicios Electrónicas”, en desmedro de la tradicional boleta de papel colorido y autocopiativo ☹.
En el mes de septiembre 2020 ya habíamos escrito un artículo al respecto, pero se han realizado algunos cambios, por lo que a continuación te dejamos varios tips y puntos importantes a tener en consideración de esta medida.
1.- ¿Cuando entra en vigencia esto?
Muy importante, la Ley 21.210 sobre modernización tributaria indicaba que esta obligación iniciaba con fecha 01/09/2020, por temas de pandemia se postergó al 01/01/2021, y el día 22/12/2020 se cambió y postergó nuevamente el inicio de esta obligación con fecha 01/03/2021, si estimados/as, existe un poco más de plazo para adaptarse a este cambio. si quieres ver la resolución, acá esta el pdf.
2.- ¿La Boleta Electrónica aplica para los giros afectos y Exentos?
Sí, por tanto, si tienes giros afectos o exentos o ambos, las boletas electrónicas al momento de emitirlas te dan la opción de usar el tipo de giro que requieres.
3.- ¿Todo mundo esta obligado a tener boletas electrónicas?
Casi, existen excepciones a emitir documentos electrónicos y estos son de dos tipos:
a. Que el contribuyente se encuentre en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles (internet) o sin acceso a energía eléctrica
b. Que el contribuyente se desarrolle en un lugar decretado como zona de catástrofe. En ambos casos es el SII quien le entregaría (previa solicitud) la excepción por un plazo determinado.
4.- ¿Si emito una boleta electrónica (afecta o exenta) y me equivoco (Ej: ¿monto o detalle), cómo la anulo?
- No debía emitirse la Boleta, se elimina (anula) con una Nota de Crédito Electrónica de Anulación.
- Está bien emitida, pero me equivoque en el monto (fue mayor) debes emitir una Nota de Crédito Electrónica de Modificación (para cambiar el valor) o puedes hacer una Nota de Crédito Electrónica de Anulación y luego emites nuevamente.
- Está bien emitida, pero me equivoqué en el monto (fue menor) debes emitir una Nota de Crédito Electrónica de Anulación, y luego emites nuevamente, o simplemente emites otra con el valor de diferencia que te falto agregar.
IMPORTANTE: Para aquellos contribuyentes que NO usarán el sistema gratuito de boletas electrónicas del SII (es decir usarán un sistema comercial) y necesitarán emitir Notas de Crédito Electrónicas a través del SII, deberán tener comprado e instalado un certificado digital (como el que se usa para facturar electrónicamente).
5.- ¿Cuánto tiempo tendré que guardar los archivos digitales de las Boletas Electrónicas?
Al igual que los talonarios de papel, el SII determinó que se deben almacenar y conservar los archivos electrónicos (respaldos) a lo menos seis (6) años.
6.- ¿Debo hacer un “cierre de caja” diario?
NO, ya sea uses un sistema comercial o el gratuito del SII, el Software que esté detrás es el responsable de enviar el resumen diario de ventas con Boletas eléctricas al SII. (Si tienes un sistema de mercado, y no cumple con esto o cumple de manera atrasada, te recomendamos que te cambies).
7. ¿Si emito la boleta electrónica, estoy obligado a imprimirla?
La obligación que tienes es:
a) Emitir el documento (boleta)
b) Entregar el documento (boleta)
No es obligación que lo entregues físicamente (papel, impreso), puedes enviarla por E-Mail, WhatsApp, Telegram, etc, o efectivamente imprimirla y entregarla, que modalidad usar es tú decisión.
Claro que existen clientes/as que no te entregarán sus correos o números telefónicos al comprar, y a veces el sistema es más lento si se pide alguno de estos datos, por eso es probable que termines imprimiendo algunos documentos. Para ello existen en el mercado varias opciones de impresoras térmicas que pueden conectar vía bluetooth a la App en tu celular, que entregan un comprobante de menor tamaño que una hoja carta tradicional. De todas maneras, si pensamos en el aspecto ecológico, es buena idea preferir el envío digital de los documentos.
8. ¿Me debo registrar en el SII para emitir Boletas Electrónicas?
Sí, debes inscribirte como contribuyente que usará este tipo de documentos, esto se hace en la web del SII y nosotros podemos ayudarte con ese proceso si nos lo indicas, el trámite tiene un tiempo para quedar funcional (el SII menciona 24 hrs desde la activación en su portal).
Importante: Dicha gestión se realiza desde el portal de él o la Representante Legal de la empresa, es decir, se debe hacer desde la web del SII de dicha persona y no desde el portal de la Empresa.
9. ¿Si me pagan con transbank debo dar boletas?
Originalmente, siguiendo la Res. Exenta del SII N° 165 del 22/12/2020 publicamos:
Transbank (pago con tarjetas a través de sus máquinas que entregan comprobante de papel), es conocido por que reemplaza a las boletas o las homologan, es decir, si me pagaban con transbank no debía dar documento, pero OJO, estas reemplazan solo las boletas de PAPEL no a las Boletas Electrónicas, por tanto, de ahora en más si te pagan con Transbank deberás emitir la boleta electrónica y avisarle a tu contador/a que recuerde no contabilizar transbank como ventas y boletas en paralelo (deberán ser una sola cosa).
Pero ahora según Res. Exenta del SII N° 176 del 31/12/2020 corresponde corregir lo anterior y por tanto responder la pregunta con lo sgte:
Transbank (pago con tarjetas de débito o crédito a través de sus máquinas que entregan comprobante de papel (voucher)), reemplaza o homologa las boletas, es decir, si me pagan con transbank no debo dar otro documento, ya que el voucher transbank conservará su calidad de boleta válida ante el sii tanto para las boletas de papel como las electrónicas, por tanto, si te pagan con Transbank NO deberás emitir boleta electrónica ni de papel.
Importante: Avisarle a tu contador/a si estas utilizando Transbank solo como medio de pago o como medio de pago con voucher válido como boleta, ya que algunos POS se “actualizaron” y sus voucher NO indican que son válidos como boletas, es decir, son solo medio de pago (revisa tu POS como está emitiendo los voucher). Para no emitir boletas (de papel o electrónicas) al usar Transbank debe decir dicho voucher que ES VÁLIDO COMO BOLETA.
10.- ¿Si me quedan boletas de papel puedo seguir usándolas?
Ambos sistemas (boleta de papel y electrónicas), debido a la ampliación del plazo de implementación obligatorio, pueden convivir, es decir, podrás usar ambos, indistintamente, hasta el 01/03/2021, fecha en la que las boletas de papel que aun te queden (timbradas o no timbradas) pasaran automáticamente a estar invalidadas, no se podrán usar más.
11.- ¿Funciona mejor la web del SII o la App?
Nuestra experiencia es que resulta más fácil usar (menos pasos) la APP, pero ambos tienen la misma cantidad de herramientas.
12.- ¿La App del SII funciona en Android y en iOS?
Sí, en ambos sistemas operativos funciona bien, pero fue originalmente construido para Android por ende es probable que si utilizas la APP en un iPhone o Ipad, las actualizaciones tarden más en llegar. Si la utilizarás en un MAC o PC no hay diferencia dado que corre en el navegador.
13. ¿Se “cae” el Internet, que hago?
Puedes seguir usando el sistema de boletas electrónicas de manera offline (sin internet), una vez que regrese internet la APP se reconectará al SII y reconocerá las boletas emitidas. Esto es así al menos en la APP del SII, las opciones privadas no siempre ofrecen esta función.
14.- Y si además de no tener internet, mi equipo con el que hago las boletas no tiene batería ¿que hago?
Ufff! Acá no hay respuesta, por situaciones similares (ejemplo cuando no tenías boletas timbradas) el SII recomienda cerrar el negocio hasta reunir nuevamente las condiciones, ya que si te encuentran / fiscalizan vendiendo sin documentos (sin entregar la boleta) es una multa que no querrás tener.
15.- ¿Y si voy a ferias?
Como lo hacías antes, eso no ha cambiado, deberás pedir el permiso de ir a feria, solo que al ser Boleta Electrónica y estar autorizado en una dirección diferente temporal (feria), el documento podrá contener dicha dirección temporal.
16. Usando un sistema comercial o del SII ¿puedo tener varios puntos de ventas?
Sí, independiente cual sistema uses (comercial o gratuito del SII) puede tener en paralelo varios sistemas de boletas operativos (ejemplo varios/as vendedores cada uno con su celular o máquina boleteando, los folios se van compartiendo, pero es una sola línea temporal de folios, no es que existan folios idénticos en paralelo por cada equipo de venta.
¿Es amigable y fácil de usar el sistema del SII?
La verdad es que sí, bastante simple y amigable, te dejamos algunos screenshots de como se ve:
Si usas la APP, te encontrás con la siguiente pantalla:
En la siguiente pantalla podrás seleccionar con que sociedad (si tienes más de una) harás las boletas e ingresar el monto.
Luego tienes varias opciones por agregar (no todas obligatorias)
- Puedes seleccionar una sucursal (opcional)
- Puedes seleccionar el tipo de documento (afecto o exento) (Obligatorio)
- Puedes indicar quien recibe la Boleta (email, fono, rut, etc) (opcional)
- Puedes agregar detalles de la compra, ejemplo cuantas unidades, el valor individual de cada cosa, colores, marcas, etc, etc. (opcional)
- Puedes seleccionar un vendedor/a (opcional). En este caso, para que sean reconocidos, se deben autorizar previamente en el SII (cada vendedor puede, si está autorizado, vender desde la app del SII ingresando desde su propio SII).
Así se ve la boleta que podrás imprimir o enviar digitalmente:
Para ver un resumen diario de ventas, puedes hacerlo desde la web del SII, como se observa a continuación:
Esto es todo lo que podemos avisar de las Boletas de Ventas y Servicios Electrónicas, esperamos te pueda servir de ayuda a entender el nuevo sistema, si tienes otras consultas contáctamos, estamos para ayudarte.
Esperamos sigas en casa (cuídate de esta pandemia), un fraterno abrazo.