Esperando estén bien, escribimos este breve artículo para comentar de dos medidas gubernamentales que están en marcha:
a) BONO COVID-19
b) INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO
Bono COVID-19
¿Qué es el Bono de Emergencia COVID-19?
Es un bono especial que forma parte del Plan de Emergencia Económica del Gobierno, y que tiene como objetivo apoyar a las familias más vulnerables en la contingencia sanitaria por el Covid-19. Es de pago único y no se debe postular.
¿Quiénes tienen derecho al Bono de Emergencia COVID-19
El bono COVID-19 está destinado a:
- Personas con Subsidio Familiar (SUF). En este caso, el SUF debe haber estado vigente al 29 de febrero. Recibirán $50.000 por cada causante de Subsidio Familiar.
- Familias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades. Estas personas deben haber estado incorporadas en ese subsistema al 29 de febrero. Se entregarán $50.000 por familia.
- Hogares del 60% más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH). Sin ingresos formales por trabajo ni por pensión, y sin beneficios como el de Asignación Familiar. Estos hogares deben haber estado en esa condición al 1 de abril. Se entregarán $50.000 por hogar.
En caso de pertenecer a más de uno de esos grupos, los bonos no se suman. Ejemplo: si una persona tiene causantes de Subsidio Familiar (SUF) y al mismo tiempo está en el Subsistema de Seguridades y Oportunidades, recibirá el Bono COVID-19 correspondiente al grupo de personas con SUF.
¿Dónde puedo consultar?
https://consulta.bonocovid.cl/COVID-Consulta/consultaBeneficio
DATO
Puede suceder que figures como beneficiario/a pero no como receptor de los fondos, esto es debido a que formas parte de un grupo familiar y quien sea el o la responsable de dicho grupo quedará por defecto como la receptora de los fondos del grupo familiar.
Ingreso Mínimo Garantizado
¿Qué es el Ingreso Mínimo garantizado?
Es un Subsidio de carácter permanente y al que se debe postular (a diferencia del Bono COVID-19 que es de carácter único y sin postulación). OJO: lo postula cada trabajador/a y no el Empleador/a.
Es importante destacar que este Subsidio no tiene nada que ver con la ley de protección al empleo, son cosas diferentes y que pueden ir en paralelo.
Este Subsidio tiene el objetivo de alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado ($300.000.- aprox. líquidos), y se traduce en una ayuda económica directa para los/as trabajadores/as dependientes con jornada ordinaria mayor a 30 horas, el tope posible de recibir es de $59.200.- El subsidio tiene carácter retroactivo desde las liquidaciones de febrero 2020.
¿Cuáles son los requisitos para postular?
– Ser trabajador/a dependiente.
– Tener un contrato acogido al Código del trabajo, no sirve el contrato de honorarios.
– Tener un sueldo bruto menor a $384.363.- (el bruto es el monto al que se le descuentan las cotizaciones obligatorios)
– Tener una jornada ordinaria superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
– Pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).
¿Debo subir o tener algún documento a mano? NO, es sin documentos por adjuntar 😉
¿Luego de postular qué?
La web te dará un número de seguimiento de la postulación y te deberán contestar dentro de 5 días hábiles si reúnes o no los requisitos, si sale todo bien, esperar que te transfieran a tu cuenta 😉
¿Dónde puedo consultar?
DATO
Si tienes más de un contrato laboral y entre ambos exceden el monto bruto tope no corresponde que postules. Puedes ingresar en la web mencionada con RUT y fecha de nacimiento o con tu clave única (te recomendamos la segunda (clave única) ya que la web a ratos arroja error al ingresar de la primera forma).
Aprovechamos de reiterar que dada la situación sanitaria no estamos atendiendo de forma presencial, lo anterior hasta nuevo aviso. Gracias por su atención y comprensión.
Esperando te encuentres bien,
#QuédateEnCasa
Un cordial saludo de
Equipo (39´73´) Contabilidad y Gestión