Beneficio para Empleadores/as
Línea 1: Línea regresa
Destinada a las empresas que tienen o tuvieron a sus trabajadores/as suspendidos bajo la Ley de Protección al Empleo (LPE), y busca reincorporarlos a las funciones o ya lo reincorporó, es un subsidio aplicable para 1 o más trabajadores reincorporado/s y tiene un tope de 6 meses de uso.
Requisitos a cumplir de la empresa para postular
- Una baja o disminución de al menos un 20% en sus ventas durante el cuatrimestre abril-julio 2019 en comparación igual periodo en año 2020.
- Deben ser empresas que tributen en 1° categoría.
- Deben estar o estuvieron a los trabajadores/as a las que postulará bajo la LPE.
- No existe restricción de antigüedad de empresa o de tiempo del trabajador/a.
- No existe restricción de postulación en caso de que la empresa tenga deuda vigente con el fisco.
- No existe límite de cantidad mínima o máxima de trabajadores/as a postular.
- El subsidio se pagará por transferencia electrónica, por tanto, es requisito que deban tener una cuenta bancaria a nombre de la empresa, no sirven cuentas bancarias con otros rut´s (ejemplo de los dueños/as de la empresa).
Características de los trabajadores/as que postulará la empresa
- Deben ser trabajadores/as mayores de 18 años.
- Deben ser trabajadores/as que estén o hayan estado acogidos a la suspensión bajo LEP > Si estuvo por Pacto de Común acuerdo (el tradicional más usado) debe haber estado vigente dicho pacto al menos al 28/09/2020.
- Que el trabajador/a debe hacer sido re incorporado a sus funciones y que como empresa este revocado en AFC el pacto acorado.
- El trabajador/a perciba ingresos bruto mensual que no exceda 3 IMM (equivalente a $961.500.- a la fecha de postulación).
- No es posible solicitar este subsidio para Auto Contrato o contratos patronales.
Condiciones de verificación mensuales por parte de SENCE previo al pago del subsidio
- Cuando se proceda a la suspensión del contrato por acto de autoridad (LPE), se retomará el pago del subsidio una vez que se levante el acto de declaración de autoridad.
- El trabajador/a se encuentre con licencia médica.
Condiciones de término del beneficio
- Si se termina la relación laboral entre empleador / trabajador/a
- Si el trabajador/a fallece
- Si la empresa que postulo reduce la Remuneración Bruta Mensual (RBM) del trabajador/a por el cual postulo al beneficio, esto salvo que la disminución sea consecuencia de hacer acordado la reducción temporal de la jornada del trabajador/a en cuestión.
- Si la empresa beneficiaria no paga las cotizaciones de seguridad laboral
- Si la empresa beneficiaria pacta la suspensión convencional del contrato (otro tipo de suspensiones)
¿Cómo hago el trámite y que beneficio obtendría?
- Se postula vía la web de www.subsidioalempleo.cl (se ingresa con el RUT de la empresa y clave del SII).
- Monto máximo de $160.000 por c/ trabajador/a reincorporado a sus funciones y aceptado por SENCE. (el dinero llegará a la cuenta bancaria del Empleador)
- SENCE indicara dentro un plazo aprox. de 5 días aprox. la respuesta post la postulación realizada en su página web.
Línea 2: Línea Contrata
Destinada a las empresas que realizan nuevos contratos de trabajo (a partir del 29/09/2020), no es para contrato de Honorarios, es un subsidio aplicable para 1 o más trabajadores nuevos (en función de la planilla de referencia) y tiene un tope de 6 meses de uso.
Planilla de Referencia: Es la planilla de remuneraciones de su empresa del mes de Julio de 2020, si por ejemplo tenía en dicho mes 3 trabajadores/as, su planilla de referencia es de 3 trabajadores/as, solo trabajadores/as sobre este número, es decir el trabajador/a N° 4, 5, etc son los únicos que pueden postular a este beneficio.
Requisitos a cumplir de la empresa para postular
- Que se postulen trabajadores/as sobre la Planilla de Referencia. (SENCE pagara tantos subsidios como trabajadores/as se contraten, pero siempre en consideración a esta planilla de referencia indicada).
- Deben ser empresas que tributen en 1° categoría.
- No existe restricción de antigüedad de empresa o de tiempo del trabajador/a.
- No existe restricción de postulación en caso de que la empresa tenga deuda vigente con el fisco.
- No existe límite de cantidad mínima o máxima de trabajadores/as a postular.
Características de los trabajadores/as que postulará la empresa
- Deben ser trabajadores/as mayores de 18 años.
- Contrato de trabajo postulado debe iniciar con fecha posterior al 29/09/2020 (fecha de inicio formal del subsidio).
- La empresa tiene un plazo máximo de hasta 30 días corridos a partir de la fecha inicial de contrato para hacer la postulación del beneficio ejemplo.
- El trabajador/a no perciba ingresos bruto mensual que no exceda 3 IMM (equivalente a $961.500.- a la fecha de postulación).
- La empresa NO podrá postular a trabajadores/as que desvinculo por cualquier causal con posterioridad del 29/09/2020
- No es posible solicitar este subsidio para Auto Contrato o contratos patronales.
Condiciones de verificación mensuales por parte de SENCE previo al pago del subsidio
- Cuando se proceda a la suspensión del contrato por acto de autoridad (LPE), se retomará el pago del subsidio una vez que se levante el acto do declaración de autoridad.
- El trabajador/a se encuentre con licencia médica.
- Si la Planilla de Referencia baja en su número de trabajadores/as vigentes.
Condiciones de término del beneficio
- Si se termina la relación laboral entre empleador / trabajador/a
- Si el trabajador/a fallece
- Si la empresa que postulo reduce la Remuneración Bruta Mensual (RBM) del trabajador/a por el cual postulo al beneficio, esto salvo que la disminución sea consecuencia de hacer acordado la reducción temporal de la jornada del trabajador/a en cuestión.
- Si la empresa beneficiaria no paga las cotizaciones de seguridad laboral
- Si la empresa beneficiaria pacta la suspensión convencional del contrato (otro tipo de suspensiones)
¿Cómo hago el trámite y que beneficio obtendría?
- Se postula vía la web de www.subsidioalempleo.cl (se ingresa con el RUT de la empresa y clave del SII).
- SENCE indicara dentro un plazo aprox. de 5 días aprox. la respuesta post la postulación realizada en su página web.
- Monto máximo de $270.000.- por c/ trabajador/a NUEVO sobre el N° de la Planilla de Referencia. (el dinero llegará a la cuenta bancaria del Empleador)
¡Acá una última apreciación ¡
El monto del subsidio de esta Línea N° 2 (Contrata), se subdivide a su vez en:
Grupo A:
Hombre : Mayores de 18 y menores de 24 años.
Mujeres : Mayores de 18
Personas con discapacidad : Sin restricción de edad
En este grupo el subsidio se calcula en función de la remuneración bruta mensual del trabajador/a:
- Remuneración Bruta menor a $450.000.-, un subsidio equivalente al 60% de dicho monto.
- Remuneración Bruta mayor a $450.000.- y menor o igual a $961.500.- el subsidio será del máximo, es decir $270.000.-
- Remuneración Bruta mayor a $961.500.- NO existe subsidio
Si la remuneración es igual o mayor a 450 y menor o igual a 961.500 el subsidio es de 270.000 (tope). Mayor a 961.500 no existe subsidio
Grupo B:
Hombre : Mayores de 24 años.
En este grupo el subsidio se calcula en función de la remuneración bruta mensual del trabajador/a:
- Remuneración Bruta menor a $500.000.-, un subsidio equivalente al 50% de dicho monto.
- Remuneración Bruta mayor a $500.000.- y menor o igual a $961.500.- el subsidio será del máximo, es decir $250.000.-
- Remuneración Bruta mayor a $961.500.- No existe subsidio
Esperamos que esta información sea útil para navegar en estos tiempos complejos y de crisis sanitaria.
#QuedateEnTuCasa cuídate y cuidémonos entre todo/as
Equipo (39´73´) Contabilidad y Gestión